¿Cómo retirar una importación del puerto o aeropuerto y entregarla directamente en la empresa?

Para retirar una importación de un puerto o aeropuerto y entregarla en una empresa en Argentina, se deben cumplir cuatro pasos: 1) Nacionalizar la mercadería mediante un despachante de aduanas. 2) Abonar los gastos de terminal y de la agencia marítima/aérea para obtener el «Libre Deuda». 3) Emitir la documentación de traslado (remitos). 4) Contratar un flete terrestre interno con choferes y vehículos habilitados para ingresar a la zona primaria aduanera, quienes retirarán la carga y la transportarán hasta el depósito final del importador.

Que la mercadería haya aterrizado o llegado al puerto no significa que el proceso de importación haya terminado. El tramo final, a menudo conocido como logística de «última milla» o flete interno (inland), requiere una coordinación precisa para evitar sobrecostos por almacenaje en las terminales y garantizar que la carga llegue en perfectas condiciones a las instalaciones de la empresa.

Para llevar la carga desde la zona aduanera hasta la puerta del depósito, es necesario seguir un proceso administrativo y operativo estricto.

Pasos para coordinar el retiro y la entrega

  1. Nacionalización (Despacho de Aduana): Antes de que cualquier vehículo pueda acercarse a retirar la carga, la mercadería debe estar legalmente ingresada al país. Esto implica que el despachante de aduanas haya oficializado el despacho, se hayan pagado los derechos de importación e impuestos correspondientes, y el sistema aduanero (Sistema Malvina en Argentina) haya otorgado la autorización de retiro (canal verde, o tras superar las verificaciones de canal naranja/rojo).
  2. Pagos operativos y Libre Deuda: Se deben abonar los costos de manipuleo y almacenaje a la terminal portuaria o aeroportuaria, así como los gastos locales del agente de carga (Forwarder) o naviera. Una vez saldados, se emite el certificado de «Libre Deuda» o liberación de conocimiento de embarque, requisito indispensable para el retiro.
  3. Contratación del flete interno (Inland): El traslado desde el puerto/aeropuerto hasta la empresa no puede hacerlo cualquier vehículo. Se debe coordinar un transporte terrestre que cumpla con los requisitos legales y aduaneros. Dependiendo del volumen, puede ser un camión porta-contenedores, un chasis, un furgón o un utilitario.
  4. Coordinación de turnos y permisos: En la mayoría de las terminales de Argentina (como Puerto de Buenos Aires, Exolgan o TCA en Ezeiza) es obligatorio coordinar un turno previo para que el camión ingrese. El chofer debe contar con seguros al día, ART y, en algunos casos, permisos específicos de ingreso a zona primaria aduanera.
  5. Retiro y tránsito al depósito: El chofer ingresa en el turno asignado, se carga la mercadería (o el contenedor) y se inicia el tránsito hacia la empresa. Es vital que la mercadería viaje acompañada del remito y la documentación aduanera que justifique su procedencia lícita ante cualquier control en ruta.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Cualquier camión de mi empresa puede ir a retirar la importación? No necesariamente. Los vehículos y choferes deben estar previamente registrados en las terminales y contar con seguros de carga, pólizas de responsabilidad civil y coberturas de ART vigentes. Si es carga peligrosa (IMO), el vehículo y el conductor necesitan habilitaciones especiales.

2. ¿Qué pasa si el camión se demora y pierde el turno en el puerto? Las terminales operan con sistemas de turnos muy estrictos para evitar congestiones. Si el transporte no llega en la ventana horaria asignada, se pierde el turno, debiendo reprogramarse. Esto puede generar costos extra de almacenaje si se supera el período de días libres (forzoso).

3. Si traigo un contenedor completo (FCL), ¿qué ocurre después de descargarlo en mi empresa? Cuando se retira un contenedor completo, la empresa dispone de un tiempo limitado para llevarlo a su depósito, descargar la mercadería y devolver el contenedor vacío (devolución o restitución) a la playa que designe la naviera. Si hay demoras en esta devolución, se cobran recargos diarios (demurrage).

4. ¿Puedo retirar la carga por partes si no tengo lugar en mi depósito? En cargas aéreas o consolidadas (LCL) que ya están desconsolidadas en un depósito fiscal, es posible (aunque operativamente costoso) retirar fraccionado si se coordina previamente, pero los costos de almacenaje del remanente seguirán corriendo. Lo ideal es retirar el lote completo.

5. ¿Es necesario contratar un seguro para el flete interno? Sí, es altamente recomendable. El seguro internacional de transporte marítimo o aéreo suele finalizar cuando la carga toca el puerto/aeropuerto (dependiendo del Incoterm y la póliza). Contratar un seguro de tránsito interno protege la mercadería contra robos o accidentes en la ruta hasta el depósito final.

6. ¿Qué documentación debe firmar la empresa al recibir la carga? Al momento de la entrega, el encargado de recepción de la empresa deberá revisar el estado de los bultos (o los precintos si es un contenedor) y firmar el remito o carta de porte (conformidad de recepción). Si hay daños visibles o faltantes, debe dejarse constancia escrita en el documento en ese mismo instante.